Abogados en Puebla

Ofrecemos servicios jurídicos de excelencia en defensa legal (litigio), asesoría y consultoría jurídica, elaboración de contratos nacionales o internacionales, gestiones ante distintas dependencias de gobierno, mecanismos alternativos de solución de controversias, procedimientos concursales, migratorios, de propiedad industrial, entre otros.

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Nuestros servicios

Presidente fundador

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El Lic. Ernesto Martínez Clerke es abogado egresado de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, en donde ha impartido las cátedras de Derecho Romano, Mercantil y Civil. En su trayectoria profesional, destaca su participación en diversos foros de prestigio nacional y mundial, tanto en países europeos como en Canadá y los EEUU, en temas como Juicio de Amparo, Derecho Sucesorio, Axiología Jurídica, Derecho de la Propiedad Intelectual, Litigio, Mediación, Negociación y Tratados Internacionales, Derecho Público y Privado, Electoral y Derechos Humanos.

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Artículos de opinión

  • 19.11.2024 LA RESERVA DE INFORMACIÓN POR SECRETO FISCAL NO VIOLA EL ACCESO A LA JUSTICIA NI IMPIDE EJERCER EL DERECHO A PROBAR EN UN JUICIO.
    La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoció de un caso en el que una persona demandó a una empresa en un juicio ordinario mercantil, buscando una indemnización por daño moral porque utilizó su imagen para comercializar discos musicales sin su autorización. La persona ganó el juicio, y el siguiente paso fue calcular la cantidad que la empresa debería pagarle como compensación.
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  • 11.11.2024 PEMEX DEBE GARANTIZAR EL DERECHO QUE TIENEN SUS PENSIONADOS Y JUBILADOS DE OPONERSE A LA DIVULGACIÓN DE SU NOMBRE EN EL LISTADO DE SUS PERCEPCIONES.
    La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que Pemex está obligado a garantizar el derecho de los pensionados y jubilados de oponerse a la divulgación de sus datos personales en el listado de sus percepciones.
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  • 28.10.2024 ES DEBER CONSTITUCIONAL PRIVILEGIAR EL FONDO DE LAS CONTROVERSIAS JUDICIALES FRENTE A FORMALISMOS PROCESALES, ESPECIALMENTE CUANDO SE AFECTEN DERECHOS DE PERSONAS MENORES DE EDAD.
    Es deber constitucional privilegiar el fondo de las controversias judiciales frente a formalismos procesales, especialmente cuando se afecten derechos de personas menores de edad: Primera Sala.
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